Esta mañana la Dirección de SGISE ha acudido al Tribunal de arbitraje y conciliación laboral para abordar la demanda que la Confederación General del Trabajo del País Valencià (CGT-PV) ha presentado contra la movilidad funcional planteada por la empresa.
En este acto, la Dirección de la SGISE ha explicado que la movilidad funcional ofrecida a los trabajadores y trabajadoras del Servicio de extinción de incendios de la Comunidad Valenciana se plantea como un proceso de carácter voluntario y tan solo de forma ascendente, según el orden que dispone el Convenio Colectivo de aplicación y respetando lo establecido en el art.39 del Estatuto de los trabajadores.
Que los motivos que fundamentan esta decisión, se basan en que una movilidad funcional descendente afectaría a la masa salarial de la empresa pública, y por tanto, no es posible por las limitaciones que como empresa del sector público instrumental se aplican.
Además, la empresa considera que este proceso de movilidad funcional ha sido positivo para los trabajadores y trabajadoras de la SGISE, porque ha permitido poner en valor y aprovechar los recursos humanos internos dandoles la oportunidad de desarrollar funciones superiores de las categorías que estaban ocupando hasta el momento.
Finalmente, el acto se ha cerrado sin acuerdo, agradeciendo a la parte social su labor y animándolos a firmar un nuevo Convenio Colectivo que permita mejorar y clarificar las condiciones laborales de todo el personal que formamos parte del Servicio de Extinción de Incendios de la Comunidad Valenciana.
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